Baja de pensión del IMSS por fallecimiento

El fallecimiento de un familiar puede resultar doloroso, sin embargo cuando este es un asegurado del Seguro Social sus familiares directos, específicamente a quienes corresponden deben llevar solicitar una Baja de pensión del IMSS por fallecimiento, para ello deben cumplir con una serie de requisitos y contar con cierta documentación para realizar este trámite.

Si no se encuentra relacionado con el tema y esta en dicha situación a continuación le explicamos todo lo necesario para solicitar una baja de pensión del IMSS por fallecimiento.

¿Qué pasa cuando fallece un asegurado del IMSS?

Según lo establecido en la Ley del Seguro Social en su artículo 127 cuando un asegurado o pensionado por invalidez fallece el IMSS otorgara a sus beneficiarios las prestaciones que les corresponden de acuerdo a su relación con el fallecido, esta puede ser: pensión por viudez, por orfandad y a ascendientes.

Requisitos para dar de baja de pensión al IMSS por fallecimiento

Los requisitos pueden variar de acuerdo al tipo de pensión que será solicitada, según sea el caso los requisitos y la documentación a recaudar son los siguientes:

Pensión por viudez:

Este se otorga a la esposa o concubina del fallecido si este posee seguros de riesgo de trabajo, invalidez retiro, cesantías por edad avanzada o vejez. En caso de no existir una esposa, pero si una concubina esta debe haber convivido al menos los 5 años previos a la muerte o contar con hijos y  su vez ambos encontrarse en soltería (fallecido y concubina) de existir mas de una concubina ninguna gozara de este derecho. Los requisitos para solicitar la baja de pensión por fallecimiento y obtener la pensión por viudez son:

  • El asegurado debe haber cotizado un mínimo de 150 semanas (a excepción del Seguro de riesgo de trabajo).
  • Demostrar la vigencia de la relación con el asegurado o pensionado fallecido (acreditar el vínculo matrimonial o probar la relación de concubinato).

Pensión de orfandad

Solo tendrán derecho a la pensión por orfandad los hijos del fallecido con edades comprendidas ente los 16 y 25 años, siempre y cuando se encuentran cursando estudios en planteles del Sistema Educativo Nacional y solo si no forman parte del Régimen Obligatorio de Seguro Social. Los requisitos son:

  • El asegurado debe haber cotizado un mínimo de 150 semanas (a excepción del Seguro de riesgo de trabajo).
  • Probar el vínculo filial existente con el pensionado fallecido.
  • Demostrar que cuenta con la edad requerida.
  • Demostrar que se encuentra cursando estudios dentro del Sistema Educativo Nacional.
  • Demostrar que no es sujeto del Régimen Obligatorio del Seguro Social.
  • En caso de que la muerte haya sido resultado de un riesgo de trabajo incluir el dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgos de trabajo ST-3, esta será emitida por los Servicios Médicos Institucionales.

Pensión a Ascendientes

Si desea dar la baja de pensión al IMSS por fallecimiento y obtener la pensión de Ascendientes, este derecho es otorgado a la padre y madre que dependían económicamente del pensionado o asegurado fallecido, siempre que este no con cónyuge, concubina(o) o hijos quienes reclamen este derecho. Entre los requisitos para realizar este trámite están:

  •   El asegurado debe haber cotizado un mínimo de 150 semanas (a excepción del Seguro de riesgo de trabajo).
  • Probar el vínculo filial existente con el pensionado fallecido.
  • Que no exista otro beneficiario prioritario.
  • En caso de que la muerte haya sido resultado de un riesgo de trabajo incluir el dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgos de trabajo ST-3, esta será emitida por los Servicios Médicos Institucionales.

¿Qué hacer si tengo dudas?

En caso de que requiera de algún tipo de asesoría puede comunicarse a través de los diferentes medios de contacto disponibles para usted. A través de correo electrónico por la dirección orientacionprofedet@stps.gob.mx, a través de las líneas telefónicas 01800 911 7877º 01800 717 2942.

También puede ingresar a la pagina web www.gob.mx/profedet o atreves de las redes sociales PROFEDET (facebook), @profedet (twitter).

Si desea puede dirigirse personalmente a las oficinas centrales ubicadas en Dr. Vértiz 211 Col. Doctores Deleg. Cuauhtémoc, C. P. 06720 México D.F. 

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