El fallecimiento de un familiar puede resultar doloroso, sin embargo cuando este es un asegurado del Seguro Social sus familiares directos, específicamente a quienes corresponden deben llevar solicitar una Baja de pensión del IMSS por fallecimiento, para ello deben cumplir con una serie de requisitos y contar con cierta documentación para realizar este trámite.
Si no se encuentra relacionado con el tema y esta en dicha situación a continuación le explicamos todo lo necesario para solicitar una baja de pensión del IMSS por fallecimiento.
¿Qué vas a encontrar?
¿Qué pasa cuando fallece un asegurado del IMSS?
Según lo establecido en la Ley del Seguro Social en su artículo 127 cuando un asegurado o pensionado por invalidez fallece el IMSS otorgara a sus beneficiarios las prestaciones que les corresponden de acuerdo a su relación con el fallecido, esta puede ser: pensión por viudez, por orfandad y a ascendientes.
Requisitos para dar de baja de pensión al IMSS por fallecimiento
Los requisitos pueden variar de acuerdo al tipo de pensión que será solicitada, según sea el caso los requisitos y la documentación a recaudar son los siguientes:
Pensión por viudez:
Este se otorga a la esposa o concubina del fallecido si este posee seguros de riesgo de trabajo, invalidez retiro, cesantías por edad avanzada o vejez. En caso de no existir una esposa, pero si una concubina esta debe haber convivido al menos los 5 años previos a la muerte o contar con hijos y su vez ambos encontrarse en soltería (fallecido y concubina) de existir mas de una concubina ninguna gozara de este derecho. Los requisitos para solicitar la baja de pensión por fallecimiento y obtener la pensión por viudez son:
- El asegurado debe haber cotizado un mínimo de 150 semanas (a excepción del Seguro de riesgo de trabajo).
- Demostrar la vigencia de la relación con el asegurado o pensionado fallecido (acreditar el vínculo matrimonial o probar la relación de concubinato).
Pensión de orfandad
Solo tendrán derecho a la pensión por orfandad los hijos del fallecido con edades comprendidas ente los 16 y 25 años, siempre y cuando se encuentran cursando estudios en planteles del Sistema Educativo Nacional y solo si no forman parte del Régimen Obligatorio de Seguro Social. Los requisitos son:
- El asegurado debe haber cotizado un mínimo de 150 semanas (a excepción del Seguro de riesgo de trabajo).
- Probar el vínculo filial existente con el pensionado fallecido.
- Demostrar que cuenta con la edad requerida.
- Demostrar que se encuentra cursando estudios dentro del Sistema Educativo Nacional.
- Demostrar que no es sujeto del Régimen Obligatorio del Seguro Social.
- En caso de que la muerte haya sido resultado de un riesgo de trabajo incluir el dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgos de trabajo ST-3, esta será emitida por los Servicios Médicos Institucionales.
Pensión a Ascendientes
Si desea dar la baja de pensión al IMSS por fallecimiento y obtener la pensión de Ascendientes, este derecho es otorgado a la padre y madre que dependían económicamente del pensionado o asegurado fallecido, siempre que este no con cónyuge, concubina(o) o hijos quienes reclamen este derecho. Entre los requisitos para realizar este trámite están:
- El asegurado debe haber cotizado un mínimo de 150 semanas (a excepción del Seguro de riesgo de trabajo).
- Probar el vínculo filial existente con el pensionado fallecido.
- Que no exista otro beneficiario prioritario.
- En caso de que la muerte haya sido resultado de un riesgo de trabajo incluir el dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgos de trabajo ST-3, esta será emitida por los Servicios Médicos Institucionales.
¿Qué hacer si tengo dudas?
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